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•Página 1 de 2• Las UMEs (Unidades Militares de Emergencia) siguen incorporando personal a sus unidades. Para ello cuentan con plazas exclusivas para personal de tropa (que ya son militares y desean cambiar de unidad) y plazas para personal civil de nueva incorporación.
Éstos últimos, al margen de los requisitos a superar en el proceso selectivo, aquél que opte a una plaza en la UME, deberá superar una vez finalizado su periodo de formación militar general y específica, el Campamento Básico de Emergencias común a todo el personal destinado en la UME.
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Qué es la UME
Es una Unidad Militar, creada por acuerdo del Consejo de Ministros el 7 de octubre de 2005. Posteriormente, mediante el Real Decreto 416/2006, de 11 de abril, se establece su organización y despliegue y se implanta como una fuerza conjunta de carácter permanente dentro de las Fuerzas Armadas.
Su principal misión es intervenir en cualquier lugar del territorio nacional para contribuir a la seguridad y bienestar de los ciudadanos, junto con el resto de las instituciones del Estado y las Administraciones públicas, en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la defensa Nacional y el resto de la legislación vigente.
En concreto, su intervención podrá ser ordenada cuando alguna de las siguientes situaciones de emergencia se produzca con carácter grave:
- Las que tengan su origen en riesgos naturales, entre ellas inundaciones, avenidas, terremotos, deslizamientos de terreno, grandes nevadas y otros fenómenos meteorológicos adversos de gran magnitud.
- Los incendios forestales.
- Las derivadas de riesgos tecnológicos, entre ellos el riesgo químico, el nuclear, el radiológico y el biológico.
- Las que sean consecuencia de atentados terroristas o actos ilícitos y violentos, incluyendo aquellos contra infraestructuras críticas, instalaciones peligrosas o con agentes nucleares, biológicos, radiológicos o químicos.
- La contaminación del medio ambiente.
- Cualquier otra que decida el Presidente del Gobierno
Las actuaciones operativas de la UME ante alguna de estas situaciones de emergencia se concretan en la planificación, el adiestramiento y la intervención. Sin embargo la UME no realiza tareas de prevención. Y sus efectivos actuarán siempre encuadrados y dirigidos por los Mandos de la Unidad.
Esta Unidad depende orgánicamente del Ministro de Defensa, operativamente del Jefe de Estado Mayor de la Defensa (JEMAD) y tiene una dependencia directa funcional del Secretario de Estado de Defensa, del Subsecretario de Defensa y del Secretario General de Política de Defensa, en los ámbitos de sus respectivas competencias.
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